• El molino de viento de San Martín de Meirás (II)

    25 noviembre 2013 • Blog

    El 22 de diciembre de 1790, se formalizaba en La Coruña una escritura de obligación , por ante el escribano don Manuel Baltasar de Pazos, en la que intervenían los maestros carpinteros Domingo y Antonio Nieto, vecinos de la parroquia de San Jorge de afuera de dicha ciudad, sobre «quanto encierre ensí la obra de un Molino del Biento» que el Capitán don Manuel de Aldao, vecino de San Martín de Meirás «construie en dicha Fra», representado para este acto por el comerciante herculino don José Zevallos, en los siguientes términos y condiciones:

    «…1ª… Que todo dho travajo está ajustado en la Cantd de quatro mil y quinientos rs, de los quales reciben á ora un mil rs, un mil y quinientos al medio de la obra, y dos mil a la concluon (conclusión), estando con toda perfecon. á satisfazon de intelixtes, y spre qe haiga alguna falta laharan a su costa y daran dha obra concluida entodo el mes de mrzº del año proxmo de noventa y uno.

    2ª… Que pasaran á la Montaña a señalar la madera qe falte pª dho molino, siendo la corta y desbaste de ella por cuenta del Dn. Manl, y lo mismo el desbaste de ella por cuenta del Dn. Manl, y lo mismo el desbaste dela Viga maestra despues que den las medidas pª ella, si estubiese dha Viga sin la primra. labra, pero si la tubiese, será de cuenta de los otorgtes. perfeccionarla.

    3ª… Tambien sera de Cuenta del Dn Manuel, la cierra (aserrado) mor.(mayor) de toda la madera quese emplee en dha obra, y el desbaste, y conduon (conducción) a dho molino, pero no la Cierra menor pª trozar pedazos, y mas menudencias qe se ofrezcan pª ajustar a la medida de la pieza, como tampoco sera de su qta. mas qe el primer desbaste de las maderas gruesas qe puestas al pie del molino pr dho Dn Manuel seran obligados los otorgtes a disponerla por su cuenta pª. el fin de su destino.

    4ª… Tambien es obligon (obligación) del Dn. Manuel la hechura y conduon (conducción) de toda la erraxe pr. las medidas qe le dieren los otorgtes sin qe estos sean responses (responsables) a alguna retenon (retención) por no estar prontos todos los materiales nezesos (necesarios) pª la obra… y… obligdo á ayudarles con pnas (personas) y aparejos qe ponga a subir qualquiª pieza qe la fuerza de tres pas (personas) no alcanze a subirla.

    5ª… Que teniendo el Dn Manl prontos todos los materiales nezesos al pie de la obra menos la madera gruesa qe ba dho. es de qta de los otorgantes solicitarla, y faltando a la concluon y perfepon(perfección) de dha obra en todo el citado mes de marzo seran responses (responsables) a todos los daños y perjuicios quese orixinen a Dn. Manl y este por los qe cause pr qualquiª omion (omisión) o contrabenon (contravención) a lo que queda Capitulado, y a mor (mayor) abundamto dhos otorgtes de que asi lo cumpliran dan pr su fiador á juan Barabo de ofº Panadero vezno de dha Parroquia de Sn Jorxe de afuera…obligandose con su pna y vies (bienes) a qe cumpliran con ello… y estando preste Dn Josef Zeballos de este Comercio, en virtud de facultad qe confiesa tener del Dn Manuel obliga a este y sus vies a que cumplirá con todo lo qe ba pactado…Asi dixeron, otorgaron, firman excepto el fiador y a su ruego lo hace un testº qe a todo lo fueron Dn Francisco Segade, Nicolas Pardo y Antonio de Lage, vezs. de esta Ciud. de lo qual y conocimiento de las partes doi fee. [Firmado] Domingo Nieto, Antonio Nieto, como testigo y a rruego Francisco de Segade y Posse, Joseph Zevallos [Rúbricas]. Ante mi. [Firmado]  Manuel Baltasar de Pazos [Rúbrica]». (Archivo Notarial Coruña. Protocolo 6.751, folio 201, de La Coruña).

    Se entiende que tendría finalizada o a punto de estarlo la obra de albañilería, de ahí que se fijara el plazo de tres meses para la realización de toda la carpintería, que abarcaba el maderamen de los vanos, entablado de pisos, estructura de la cubierta, artefacto para la molienda, las piezas del moledero donde se albergaba la maquinaria, además de las aspas y el armazón para la sujeción de las velas, entre otras particularidades.

    Siendo así, el molino de viento de Meirás cumplió su 222 aniversario el 31 de marzo del presente año, por lo tanto cincuenta años más antiguo que su gemelo del Boucelo, construido en 1840 a su imagen y semejanza, y erguida pareja de gigantes quijotescos que acechan cual vigías la Ría de Betanzos, entre playas, ensenadas, puertos, castillos, pazos, viñas y junqueras. Por su ubicación, en una y otra banda, semejan atalayas orientadoras para las embarcaciones que navegaban con rumbo a los muelles de la ciudad de los Caballeros, capital de las Mariñas dos Condes, donde se gestaba el renacimiento molinero de aspas y teleras, cuyas velas bracean y navegan al unísono en ejercicio de su respectiva función. En el fondeadero, se descargaban los fletes para comerciar en sus celebradas ferias y mercados, de incesante acopio de granos, mantenimientos y ganados, de dentro y fuera de su provincia, amén de mercadurías varias y de diversos productos nativos o de allende los mares, y de nuevo abarrote para levar anclas y hacerse a la vela, con los respetos debidos a los impertérritos molinos de viento del Boucelo y de Meirás, que les saludaban a babor y estribor con sus lienzos en pleno mareaje.

    Según va dicho, su promotor había sido el Capitán don Manuel Aldao y Pardo, descendiente de nobles linajes bergantiñanos, como Carrabete o Sergude, que casó con doña Juana Inés de Lobera Otañez, natural de Caracas, cuya hija doña Micaela Aldao y Pardo se uniría en matrimonio con don Joaquín Somoza Pardo de Monsoriu, Brigadier de la Real Armada, descendiente de la Casa de A Gándara en San Julián de Serantes. Este don Joaquín era hijo de don José Fernando Somoza de Monsoriu y Taboada, Teniente Coronel del Regimiento Provincial de Betanzos, y de doña Ángela Pardo y Patiño, de la Casa de Meirás, a quienes pertenecía la Casa de Mera en San Cosme de Mayanca, en la que habitaban. Tuvieron además a don Fernando, y a don Juan Eusebio, a este último le harían donación de varias propiedades, el 3 de abril de 1770, para que pudiera ordenarse sacerdote (Archivo del Reino de Galicia.Protocolo 204, folio 135, del escribano Antonio de Leis y Parga, escribano de Miraflores).

    Del matrimonio entre don Joaquín Somoza y doña Micaela Pardo sería fruto don Joaquín Somoza y Aldao, que fallecería sin descendencia, por lo que los bienes de Meirás pasarían a sus parientes, los Aguado y Santiyán. El molino pertenecía hasta mediados del siglo pasado a doña Marta Rivadulla, vecina de Madrid, que se lo vendería a su casero don Manuel Barral con la heredad anexa, y quien a mediados de los años ochenta traspasaría toda esta propiedad a don Ángel Prada, actual propietario, quien lo cuida y mima con el celo que le permiten su edad y economía, ante la indiferencia de los responsables de la Dirección General del Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia, donde por lo visto se ignora su realidad.

    Se trata de un documento de suma rareza en las fuentes documentales de nuestra tierra (el único que hemos localizado hasta la fecha), puesto que por lo general, en el Antiguo Régimen, este tipo de construcciones eran concertadas directamente por el promotor con los alarifes y maestros carpinteros, por aquello de que «a minha palabra é como si fose o Evanguelio», según afirmaban a pecho abierto los menestrales, debido al respeto que mostraban hacia el hacendado y señor, de cuya ausencia se prevenía su apoderado, elevando a pública la escritura de obligación que hemos tratado.

    Y para finalizar, un acertijo popular:

    «Qué cousa é cousa
    que anda e anda
    e nunca chega a sua casa».