• Exportación de cítricos para Nantes en 1699

    27 noviembre 2012 • Blog

    Puerto de La Coruña, 1525En las ordenanzas de Betanzos, promulgadas por los Reyes Católicos en 1490, confirmadas por Felipe II en 1591 y adicionadas por Felipe III en 1611, se regulaba la actividad portuaria en razón a los «privilegios reales que tiene de puerto abierto, carga y descarga», con referencia concreta a los cítricos que se solían embarcar en su dársena:

    «…y asimismo, pidiendo licencia y pagando los derechos que debieren, puedan cargar los navios volanteros y barcos que quisieren de fruta ó laranja, lima y limón y de las demás cosas que se suelen y acostumbran cargar en esta ciudad…» (Historia Documentada de Betanzos de los Caballeros, S. XV-XVI, de nuestra autoría. Fundación Caixa Galicia, 1984. Tomo I, pág., 108).

    Con anterioridad hemos tratado sobre otra exportación semejante con destino a Londres en 1640. Sesenta años después, se cargaría un navío con cítricos mariñanes con destino a Nantes.

    La escritura de fletamento se formalizaba en La Coruña, el 27 de Marzo de 1699, cuando los frutos estaban en sazón, entre el mercader Francisco Fernández de Vivero, vecino de Ribadeo, y el francés Tomás le Mounier,vecino de Cherburgo en Normandía, en presencia de don Pedro de los Ríos San Germán, cónsul general de Francia en el Reino de Galicia, con el fin de garantizar la legitimidad del otorgante como maestre del navío «La Providencia», de sesenta toneladas y en el que navegaban seis marineros y dos grumetes «muchachos«. El flete se concertaba por seiscientas libras tornesas «tovanessas moneda de françia«, a entregar la cuarta parte en Betanzos, en donde también se haría cargo de los derechos por «la entrada y salida de dho navio en la dha Ria de la Ciudad de Betanços«, y por su parte prometía y se obligaba :

    «…dho Capitan de Hacerse a la vela y seguir su biaje pª la Ria de la Ciudad de Betanços y hacerlo subir y navegar asta llegar al muelle de la Puente Vieja donde estilan subir y dar fondo otros navios y assi que se alle en dha parte, Promete y se obliga dho francisco fernandez de Bivero que dentro de diez Dias de labor y de Buen tiempo que se an de contar desde el en que Diere fondo en dho muelle de darle toda la carga de fruta asi de limon como de naranja y toda la demas que pudiere llebar y subportar dho Navío, ansi en dho muelle como en las demas partes de dha Ria desde la Barra del pedrido Arriba, y luego que se alle cargado dho navio se ha de embarcar en el dho francisco fernandez Bivero con los Bastimentos necesarios pª el sustento de su persona y haçerse derecho a la Vela con el primer tiempo faborable que Dios Diere salvo los Riesgos y Peligros de la mar asta llegar a la ciudad de Nantes Reino de françia sin hacer escala ni entrada en otro alguno sino es que sea obligado de temporales, y alli luego que sea obligado y se obliga dho Bivero de Recivirle la dha Carga de fruta dentro de quince dias de labor y de buen tiempo…[Firmado]. D Pedro de los Rios, Thomas Mounier, ,Francisco Fernandez de Vivero. [Rúbricas]. Paso ante mi. [Firmado] Alberto Gomez de Catoria [Rúbrica]» (Archivo Notarial de La Coruña. Protocolo 2.035, folio 25, de La Coruña).