• La enseñanza privada en Betanzos a finales del siglo XVI

    2 enero 2013 • Blog

    Grabado del Orbis Sensualium Pictus, 1658Debido a la casi inexistencia de escuelas públicas, las familias se veían obligadas a contratar a maestros particulares para la enseñanza de sus hijos, por lo que escaseaban los niños que recibirían una primera instrucción adecuada, sobre todo porque resultaba muy costoso y eran muy pocas las personas que disponían de caudales suficientes para hacer frente al pago de sus servicios.

    El 10 de mayo de 1583, se formalizaba una escritura de contrato en Betanzos, entre el maestro Juan Méndez de Armas, vecino de la misma ciudad, y el labrador Gómez de Sabín, vecino de la feligresía de Santa María de Souto, tutor y curador de la persona y bienes de Francisco da Vía, hijo que había quedado del carnicero Gonzalo da Vía, en los siguientes términos:

    «…que el dho gomez de sabin pone y asienta al dho Francisco da via su menor con el dho juan mendez tienpo y hespacio de un ano cumplido que comienca a correr y contar dende hoi… durante el qual el dho juan mendez le thiene de tener en su casa y darle cama e posada y de comer y bever y ensenarle a leer y hescrivir durante el dho ano de suerte que se pueda sinar la letra quel hiziere conque sea de poderes y obligaçiones, y ansimesmo le a de ensenara a contar tres Reglas que son sumar e restar y multiplicar y las mas Reglas que el dho Juan mendez supiere, e por rrazon dello… dar y pagar y que dara e pagara… quinze ducados pagos… los cinco… para el primº dia del mes de agº deste ano y otros cinco ducados dende hoi en seis meses cumplidos y los otros cinco ducados postreros fenezido y acabado el dho ano… y ansimesmo se obligo quel dho francº da via no le ara ausençia de cassa ni le llebara ni hurtara ninguna cosa so pena que si lo hiciere el dho Gomes de sabin lo pagara por su pna e vienes, y el dho Jnº mendez ansimesmo se obligo de ensenar al dho francº davia (sic) a leer y hescrivir y contar segun e de la mª que arriva ba declarado… y ansimesmo el dho gomez de sabin se obligo que durante el dho ano dara al dho francº da via papel y tinta en que pueda hescrivir… [Firmado] Johan Mendez de Armas, Francisco da via [Rúbricas]. Paso ante mi. [Firmado] Alvaro Fresco escribano [Rúbrica]» (Archivo Notarial de La Coruña. Protocolo 40, folio 346, de Betanzos).

    Llama poderosamente la atención que, por no saber firmar Gómez de Sabín, lo efectúe en su nombre Francisco da Vía, por lo que se desprende que había aprendido a rasguear su nombre y rúbrica sin saber escribir. También es curioso observar como en el contrato antecedente se previene contra la posibilidad de robo por parte del educando, una expresión y medida que no figura en los documentos semejantes con respecto a la enseñanza de hijodalgos, de vástagos de opulentos mercaderes o de retoños de hacendados, como vamos a ver.

    Al fallecer don Juan Darriba de Braxe o de Touriñao, hijo de don Juan Darriba, y doña Elvira Ares, su mujer, dejaron huérfano a su único hijo don Marcos de Aguiar, quien quedaría bajo la tutoría del regidor don Juan García de la Becerra (véase nuestro trabajo «Los Becerra y los Romay de Betanzos«, programa oficial de fiestas patronales, Betanzos 2005. Publicado en folleto por el Ayuntamiento). Este regidor, preocupado por la educación de su pupilo, contrataba en Betanzos, el 1º de noviembre de 1584, al maestro de niños Pedro Fernández en la manera siguiente:

    «…el Señor Juan garcia da vezerra vezino e regidor desta çiudad tutor e curador de la pnª e bienes de marcos de aguiar hijo que finco de Juº darriba e de la otra Pº fez maestro de niños ansimesmo vezino desta çiudad e se conzertaron… en la mª siguiente que el dho pedro fez tiene de enseñar e thener en su casa al dho marcos de aguiar tienpo y espacio de un año que comienca a correr… dende mañana… durante el qual dho año le tiene de dar de comer y veber y posada y cama conforme a su calidad y le an de dar ensenado a leer muy vien y a escrivir letra que se pueda sinar e no le tiene de ocupar en otro ningun serviçio sino fuera buscar carne y pescado a la pescaria y carnezeria, por rraçon del qual dho trabaxo el dho senor rregor (regidor)… a de dar… doze ducados pagos… en quatro pagas los tres ducados se los dio e pago oy dho dia en presª de mi scrvno e tº de que doi fee y los demas al prençipio de cada tres meses…[Firmado]. Juan Garcia da Becerra, Pedro Fernandez. [Rúbricas]. Paso ante mi. [Firmado]. Alvaro Fresco scrvno. [Rúbrica]» (Ibidem. Folio 177).

    Entre otras condiciones, se manifiesta que de no darle enseñado en dicho año deberá hacerlo a su costa hasta que aprenda a leer y escribir para firmar, y si se apreciase descuido en su trabajo de maestro, pueda retirar a su protegido de su casa y compañía, en cuyo caso deberá devolverle todo cuanto llevaba cobrado.