
Según va dicho los molinos de Brabío pasaron a ser propiedad de doña Elvira Ares de Andrade o Montenegro, hija de Pedro Santoro o Santorum y de su mujer Constanza Dominguez, quien el 31 de diciembre de 1572 fue nombrado Fiel Ejecutor de la ciudad de Betanzos por el Rey Felipe II, y juntamente con Martín Vidal de Morelle redactor de las nuevas Ordenanzas de la ciudad de Betanzos el 21 de enero de 1573 (En nuestra obra Historia Documentada de Betanzos de los Caballeros-siglos XV y XVI.Tomo II, página 249. Fundación CaixaGalicia 1984). La mencionada doña Elvira Ares de Andrade, casó con el hidalgo brigantino don Sueiro Gómez de la Becerra (Vid.Nuestro trabajo Linajes Mariñanes: Los Becerra y los Romay de Betanzos, personaje 4. Programa Fiestas Patronales 2005, Ayuntamiento de Betanzos), y después de su fallecimiento casó en segundas nupcias con doña Quiteria Maldonado de La Paz, con la que tampoco tuvo descendencia, por cuya razón nombró como su heredero y sucesor en el vínculo a su hermano el bachiller Pedro Manrriquez de la Becerra. Doña Elvira Ares de Andrade fue enterrada en la iglesia de San Francisco de Betanzos «… e junto ala capilla e altar de buen Jesus donde esta sepultada elbira ares frontero de la capilla de nrª Sª qe tienen la sepultura Unas caveças de lobos…» (Archivo Notarial de la Coruña. Protocolo 15, folio 219, año 1597, del escribano Juan Pérez Álvarez del número y Ayuntamiento de Betanzos).
El potentado caballero Sueiro Gómez de la Becerra era también propietario del horno de cocer pan de la Plazuela del Horno, uno de los más importantes de la ciudad, inmediata a la Puerta de la Villa de Betanzos, y hasta que pudo hacerse con el molino de Brabío, utilizaba para sus negocios el molino de su hermano el bachiller Pedro Manrriquez de la Becerra, quien el 4 de septiembre de 1597 le arrendaba a Alonso Galos su molino de Caraña, por nueve reales «cada mes» y «… el servicio que se suele pagar por año que son seis rreales de pan de trigo e dos gallinas pagas por Navidad primera que viene, demás que le a de dar molido y moler todo el pan quel dicho Sueiro Gomez oviere menester gastar en su casa…» (En nuestro trabajo Los antiguos hornos y tahonas de Betanzos, Programa Oficial de Fiestas Patronales 2014 y en separata por el Ayuntamiento). Queda claro que tenía garantizado el abastecimiento de materia prima para su horno, al duplicar su negocio y con el consiguiente incremento de beneficios (Ibídem. Folio 237 vº).
Según manifiesta dicho don Sueiro Gómez en su testamento, otorgado en Betanzos el 13 de mayo de 1587, por ante el escribano Juan Pérez Álvarez, la señalada: «… Elbira Ares de Andrade mi muger, me dexó usufructuario por los dias de mi bida de los bienes que ella tenía y le pertenecían en el coto de Santisso y los molinos de Brabío con todo lo a ellos anexo e perteneçiente y que despues de los dias de su bida su heredero y el guardian de San Francisco bendiesen los dichos vienes e se distribuyesen en el dicho monasterio en misas y sacrificios por su anima e por la mia…» (Ibídem). En uso de dichas facultades, don Sueiro Gómez arrendaba los molinos de Brabío, el 4 de noviembre de 1582, a Bartolomé de Roma por escritura pública redactada del tenor siguiente:
«…que arrendava y arrendo y dio en arrendamiº a Bertolame de rroma questava presente por tienpo y espaçio de dos años primeros seguiens (siguientes) que corren y se cuentan y an de correr e contar dende Oy dia de la fecha desta escritura asta seren feneçidos e acabados, es a saver los sus molinos de brabio En que al presente bibe E mora, para q los llieve tenga E goçe El Usso fruto dellos por el dho tpo de dos años con estas condiçiones seguientes E no sin ellas, qe le a de thener vien tratados E rreparados y a de trastejar la casa y thenerla byen estanca y a de adreçar los dhos molinos de todo los adrentes neçesarios, de manª quel dho Sueiro gomez no tenga de poner en ellos adreço alguno mas de la canal y muelas qe obieren menester, Y si por falta de dho adreço dexaren de moler que sea a su culpa E cargo y con que le a de dar E pagar de Renta En cada Un ano Treinta ducados En dineros pagos En terçio de cada Uno delos dhos años, Emas que dandole El dho Sueiro gomez dos bueys para el serviº de carretar y labrar quel dho Bertolame de Roma lo a de Resçevir con que sean buenos de dar E Resçebir, e mas un carro ferrado bueno que pueda Resçevir qualquiera feixe moderado y todos los carretos quel dho Bertolame de Roma con el dho carro y bueys hiçiere Responda E pague al dho Sueiro gomez con la mitad del copiado El gasto y trabaxo dela comida de su pnª (persona) e bueies, y el dho Bertolame de Roma les a de tratar vien en la hierba del dho lugar E no meter ni apaçentar En ella otro ganado so pena que allandolos en ella el dho Sueiro gomez los pueda matar e denunçiar, E lo que los bueys mas medraren y benieren a baler de lo que constaren y fueren abaliados quando el dho Sueiro gomez se los Entregare, que aquella ganançia que mas se sacare sea vysto partirla por medio como a çapatos, E mas que le a de dar al dho Bertolame de Roma un dia de cada mes dos de los molinos El uno pa moler trigo y el otro para çenteno cada uno para su calidad, y es condiçion que cada bez que El dho Sueiro gomez oviere menester los dhos bueys e carro para el servicio de su casa e carretos della, qe los pueda tomar y el dho Bertolame de Roma no los pueda Enpedir, no estando ocupados con carreto de conpania como agora es, y es condiçion que la presa la a de adreçar El dho Sueiro gomez e dar la Piedra y canal e si no la diere que todo el tpo (tiempo) que faltare de moler por causa dello que sea la culpa del dho Sueiro gomez en la dha Renta, y es condiçion quel dho Bertolame de rroma le a de dar al dho Sueiro gomez tres doçenas de anguilas y llebar todas las mas que murieren en el canal pª si, E mas que la fruta que oviere se a de sacar El quinto para el Rector y la Otra se a de partir de por medio, y la cortina das pereiras no queda cargo del dho Bertolame de Roma ni della a de lebar Cosa algª, E mas a de adreçar El dho Sueiro gomez los treminados y lo mas questa obligado adrecar con que el dho Bertolame de Roma le a de adreçar digo abisar e dar Recaudo antes veinte dias que se acave de Ronper e gastar la presa E muelas y canal pa que tenga lugar de adrecarlo y buscar los adrentes pa ello, y cunpiendo E guardando el dho Bertolame de Roma las dhas condiçiones E pagando la dha Renta prometio e se Obligo con su pnª (persona) e bienes muebles E Raiçes avidos E por aver e a los dhos molinos que pa ello Obligo… de no se los quitar por mas ni por menos ni por el tanto que otra pnª (persona) por ello de mi prometa ni por otra caussa ni Raçon alguna… y que acabados los dhos dos anos se lo dexe libre e desocupados y el dho Bertolame de rroma ansi Resçevio los dhos molinos En el dho aRendamiento E prometio y se obligo con su pnª E bienes muebles E Raiçes avidos E por aber de cunplir las dhas condiçiones E pagar la dha Renta so pena de serle quitados los dhos molinos y acavados los dhos dos años lo dexara libres sin Enpedimiento alguno… y el dho Sueiro gomez lo firmo de su nre (nombre) e por el dho Bertolame de Roma no saver firmar rrogo a Pº (Pedro)Testa scvno (escribano) lo firme por el de su nre estando presentes por testigos el dho Pº Testa E alº dalbaranes E Pº marino q firmo como tº E yo scvno que doi ffe conosco a los Otorgantes.[Firmado]. Sueiro Gomez.[Rúbrica].[Firmado].Pº Testa.[Rúbrica].[Firmado]. Pº marino.[Rúbrica]. Paso ante mi.[Firmado].Juan Perez Alvarez scrvno.[Rúbrica].».(Archivo Notarial de la Coruña. Protocolo 7, folio 332, del escribano Juan Pérez Álvarez del número y Ayuntamiento de Betanzos).
Transcurridos once meses del otorgamiento de la escritura antecedente, todo un lujo de arrendamiento por su extraordinario rigor y detalle, don Sueiro Gómez de la Becerra procede a solicitar el 26 de octubre de 1583, la «Confirmaçion del fuero de brabio», siguiendo la pauta del acaudalado Juan Porca según hemos documentado en las entradas antecedentes.
(Continuará)