• La Compañía de Seguridad Pública de 1809: sus funciones y uniformidad

    Publicado en Betanzos e a súa Comarca el 01/12/2001. Página 18.

    Uniforme de la Compañía de Seguridad Pública. Dibujo de Rafael Pedrós.La búsqueda en los archivos de documentación que nos permita recrear la uniformidad de unidades formadas, establecidas o desarrolladas en la ciudad de Betanzos en otras épocas, aún siendo una prioridad en la constante función investigadora que asumimos, se convierte en casuística a la hora de la obtención de resultados, y ello debido al tratamiento de los fondos documentales, en cuya clasificación no se define ni contempla temática tan sugestiva como singular. A pesar de las dificultades existentes en las fuentes que nutren nuestros esfuerzos, hasta ahora hemos tenido la oportunidad de publicar los uniformes del Regimiento Provincial, el de Las Alarmas, el de la Milicia Honrada y en esta ocasión el de la Compañía de Seguridad Pública, todos ellos lucidos durante La Guerra de la Independencia.

    En el Archivo del Ilustre Colegio Notarial de La Coruña (Protocolo 5.165, folio 24, del escribano de Betanzos Don Ramón Manuel Mosquera y Varela), figura la «Escritura de remate y contrata que hizo el Señor Gobernador de esta Ciudad, a Antonio Caramés vezino de la misma», en la que consta la formación y uniformidad de la Compañía de Seguridad Pública de Betanzos, compuesta por setenta y cinco hombres, y cuyo contenido dice textualmente lo siguiente:

    «En la Ciudad de Betanzos a veinte y dos días del mes de Noviembre año de mil ochocientos y nuebe, ante mí escribano y testigos, estando presente en su Casa de abitación Su Señoría el señor Don Francisco Canredondo, Coronel de los Reales Ejércitos de Su Majestad, Gobernador Militar y Político de esta dicha Ciudad, dijo: Que en virtud de orden con que se halla, y se acaba de comunicar a las Justicias de la Probincia de esta Capital, terminante a la organización de una Compañía conpuesta de setenta y cinco hombres con el título de Seguridad pública, para persecución de Ladrones, Bandidos, y aprensión de Desertores, para cuio fin Su Señoría creió preciso Vestir, Armar, y equipar de lo necesario a dicha compañía para que con maior valor ejerciesen aquellas funciones, y mantubiesen la tranquilidad publica que debe reinar en las actuales circunstancias, y al efecto se han fixado Carteles en los sitios más públicos de este Pueblo, por los que se hacía notorio esto mismo por si hubiese persona que quisiese hacer Postura a la construción y fábrica de dicho Vestuario, con señalamiento de tercero día, para verificarse el remate en dicha su casa de avitación: Con efecto concurrieron algunas personas a hacer sus Posturas y se distinguió entre todas, la que hizo Antonio Caramés, Naestro Sastre de esta ciudad, contratando con el citado Señor Governador hacer dichos setenta y cinco Bestuarios conpuestos cada uno de las Alaxas siguientes: Chaqueta Paño Azul Diez y ocheno forrada en Lienzo, solapa, Chuelo, y Buelta media grana, Botones de metal Dorado, yguales a los que se echaron al Vestuario, en el año próximo de mil ochocientos ocho para el ejército, Chaleco Azul del mismo Paño diez y ocheno, Forro y Botón de la misma Calidad de la Chaqueta, Pantalón Paño somonte de buena Calidad, pletina, forro de lienzo y refuerzos, Sombrero de copa alta, una camisa Lienzo de la tierra. Zapatos con clabos. Botín de Bezerro delgado y Canana de doze Cartuchos; en la Cantidad tan solo cada uno de dichos setenta y cinco vestuarios de Trescientos Reales de Vellón, que por conocer Su Señoría ser con la maior equidad hizo remate en forma en el referido Antonio Caramés, con la condición de que dicho vestuario se ha de conponer de las Alaxas mencionadas sin faltar ninguna y todo jénero de buena Calidad, trabajado con la maior seguridad y decencia, porque sino fuese con esta circunstancia se le debolberá y quedará sin efecto esta contrata… [Firmado]. Antonio Caramés, Francisco Canredondo, Feliz Perez. Ante mi Ramón Manuel Mosquera y Varela. [Rúbricas]».

    En periodo tan crítico para nuestra Patria, ciertas actuaciones de alguna de estas nuevas compañías, formadas por imperativo de la guerra, en su afán de protagonismo y ansias de distinción, se sobrepasan en sus actuaciones invadiendo parcelas de diferente competencia, hasta el punto de provocar serios conflictos con La Justicia y Regimiento. Así fue como la recién formada Compañía de Seguridad Pública, el 20 de Diciembre de 1809, sin haber transcurrido un mes de su constitución efectúa un «escandaloso atropellamiento» en la Casa Consistorial, al retener a dos capitulares en su interior sin poder regresar a sus respectivas casas «por dos soldados de la Seguridad publica que con sus armas custodiaban la entrada de dicha Puerta Consistorial: en cuio conflicto tuvieron dichos Señores que abrir una de las vidrieras de dicha casa y llamar desde ella a un vecino para que este diese cuenta de esta novedad», y esto debido a la desconfianza del Comisario de dicha Compañía Don Eduardo Failde, de que se gestara en el propio Ayuntamiento una representación dirigida a las demás capitales del Reino, en favor de la reinstauración de las Juntas Provinciales como lo estaban antes de la invasión del Reino por los franceses, compuestas de Regidores, cuando las intenciones del Gobernador eran favorables a que se formaran por representación directa del pueblo.

    El propio fiscal de la causa, considera que lo acontecido se de be a «las criticas circunstancias del día la facilidad con que se remueben todas las pasiones», mientras que los acusadores lo atañen a la ausencia de patriotismo (Archivo del Reino de Galicia. Causas 57-9). Un tema sobre el que próximamente trataremos con la profundidad que merece.