Felipe V notifica la defunción de su hijo Luis I
2 septiembre 2013 • Blog
El 25 de agosto de 1707, nacía en Madrid el príncipe don Luis, hijo del Rey don Felipe V y de doña María Luisa de Saboya, acontecimiento que lógicamente sería muy aclamado tanto por la Corte como por el pueblo, al tratarse del primer heredero varón nacido en muchos años, y que sería celebrado por todo lo alto en todo el Reino (sobre la disposición de los actos por el nacimiento de un príncipe, véase nuestro trabajo «Insignias Jurisdiccionales de la Ciudad de Betanzos de los Caballeros«, apéndice VII. Ayto. de Betanzos, 2003).
Dos años después, el 7 de abril de 1709, sería jurado como Príncipe de Asturias, y el 10 de Enero de 1724 se le ceñía la Corona por abdicación de su padre a su favor. El Rey Luis I, tan sólo habría de reinar cerca de ocho meses, pues falleció el 31 de agosto de 1724 a causa de la viruela.
La triste noticia le sería comunicada a la ciudad de Betanzos por el Rey Felipe V, al igual que lo había efectuado para celebrar su natalicio, quien había asumido nuevamente el peso de la Corona, en los siguientes términos:
«EL REY
Conzejo Justicia rregidores Cavalleros escuderos ofiziales y hombres buenos dela Ciudad de Betanzos Juebes tredinta Y uno de Agosto entre dos y tres de la mañana fue Dios servido de pasar de esta A mejor vida Al Rey Dn Luis mi mui Charo, y mui amado Hijo y aunque su fin fue Correspondiente a la que tubo y enel mostro su santo y piadoso zelo Reciviendo Con suma debocion y humildad los Santos Sacramentos dela Eucaristia y Extrema unzion; la perdida que con su muerte se me sigue Y a estos Reinos (de cuyo dominio me hevisto precisado a bolverme A encargar Como entendereis) me deja con el justo dolor Y sentimiento que podeis Considerar de que os he querido Avisar, para que como tam buenos Y fieles Vasallos me ayudeis Asentirlo; y Cumpliendo com vrâ obligacion dispongais qe en esa Ciud, se hagan las honrras funerales y demostraciones de sentimto (sentimiento) que en semejantes Casos se acostumbran arreglando os en quanto A lutos a lo dispuesto en la pragmatica y ordenes en su consequencia expedidas De Sn Yldephonso A diez y siete de Septe de mill Sietezios y vedinte Y quatro, Yo El Rey. Por mandado del Rei nro Sr. Dn Franco (Francisco) de Castejon. es copia de la Rl Carta origl que se halla en el libro de hacuerdos Y ayuntamtos desta Ciud deste Año A qe remito Y en fee dello Como sno de Su Mgd Y aiuntamto de dha Ciud de Pedimto (Pedimiento) del Br (Bachiller) Dn Juan Joseph de Puzo Retor propio de la parrochial Ygla de Sn Santiago della doilapreste qe firmo en dha Ciudad de Betos A nuebe dias del mes de otubre de mil Sietezios y veinte y quatro. [Firmado] Francisco Caneiro de Arriola [Rúbrica]» (Archivo del Reino de Galicia. Legajo 2.460-100).
Debido a la lentitud de la administración del Antiguo Régimen, la ciudad de Betanzos se encontraba con el problema de solventar las cuentas pertenecientes a la proclamación del monarca, a las que tendría que añadir las producidas por las honras fúnebres y por la celebración de la firma del tratado de Viena (30 de abril de 1725), efectuado por los representantes de Carlos VI (Sacro Imperio Romano Germánico) y de Felipe V de España. Ante semejante cúmulo de gastos, el ayuntamiento hubo de recurrir ante el Intendente General del Reino, para que elevase al Real Consejo su petición de aplicar un arbitrio de cuatro maravedís en azumbre de vino (2,020 litros. Remitimos a nuestro trabajo «Las Pesas y Medidas de Betanzos», publicado en el Boletin Brigantium del Museo Arqueológico Provincial, 1982, nº 3, pp.117-189), en lugar de efectuarse un repartimiento a nivel de su provincia, y por este medio «…Suplir la falta de propios y mas nezesidades publicas…». Un recurso que habría de repetirse con motivo de la proclamación de su hermanastro el Rey Carlos III (Veáse el apéndice VIII, en nuestro trabajo citado «Insignias Jurisdiccionales…«).
Este importante asunto, sobre todo para las siempre escuálidas arcas del concejo, se habría de tratar en la sesión municipal del 8 de agosto de 1725, en la que se aprobaría el siguiente acuerdo:
«En la Ciudad de Betanzos… haviendose Juntado en su Ayuntamiento Segun Costumbre los señores Justiçia Y rregimiento desta Ciud. Expeçialmente Los señores Lzdo Dn Franzº Xavier Zeron theniente Corregidor Dn Manl Muñiz de Andrade, Dn Joseph Antonio de Parga y Lovera y Dn Jazto Brandariz y Andrade Cavalleros Regidores de dha Ziudad,
Eneste Ayuntamiento haviendose visto la carta del señor Yntte (Intendente) de diez del pasdo en rrespuesta sobre lo que sele escrivio enorden del Ynforme Y rreconozimiento delas Cuentas dela Real aclamazion del Sor Rey Dn Luis primero onrras y lutos de su muerte y de las Cuentas tanvien por la zelevridad de la paz con el Sr emperador, hal mismo tiempo el señor Dn Manuel Muñiz de rresultas de la Extimazon de este encargo qe la Ciudad ha puesto a su cuidado, en el Ayuntamiento de veinte y seis de Junio desde año, con ocasion de que fue a la Ciudad de la Coruña a estar con dho señor Yntendente dize qe rrespecto por ynforme qe su Sria. (Señoría) âecho en tres de Abril Proximo Pasado a su Mgd. y señores de su rreal Consexo para escusar Repartimientos Provinciales por la Grave costa y molestta qe de ello se sigue, facilitando un arvitrio de quatro mrs en azumbre de Vino para rredimirlos Suplir la falta de propios y mas nezesidades publicas, Propone por conveniente qe la Ciudad se sirva Remitir la zitada qta Con los mas rrecaudos Conduzentes a dho rreal Consexo sufragando del citado Ynforme al fin que se previene; Y visto por la Ziud se hacordo qe rrespecto lo contenido se haga la mas rreverente rrepresentazion al Rey nuestro señor y señores de su consexo al dho asumpto Con la dha Cuenta que testimoniada dara el presente Sno. (escribano) y de los mas Papeles Conzernientes y asi lo hacordaron», por ante el escribano Francisco Caneiro de Arriola, del número y ayuntamiento.
Las doce hojas resultantes del acuerdo antecedente serían remitidas, junto con una carta, al Fiscal del Consejo Real en el correo del siguiente día 26, y una vez deliberado sobre el destino y justificación de los fondos invertidos, el Consejo notificaría su resolución al Intendente General del Reino de Galicia, quien la haría seguir a la Ciudad de Betanzos con las indicaciones precisas para su exacto cumplimiento.