De «romería» a Guadalupe en 1689
Publicado en Betanzos e a súa Comarca el 01/03/2002. Página 24.
Romería de cerca, mucho vino y poca cera
La romería o peregrinaje que se realiza a un Santuario, por lo general está motivada por el cumplimiento de alguna promesa, cono gratitud por un favor recibido, por la redención de alguna pena o por la entrega personal de una ofrenda o sacrificio, razones que están presentes durante el Antiguo Régimen, debido sobre todo a la influencia de la Iglesia, interesada en la canalización de los fieles hacia esos centros de espiritualidad.
La Corona, asimismo mediatizada por la firmeza dogmática de los Prelados, se suma a la euforia peregrina al regular la conducta a seguir por los romeros, en franca armonía con los intereses eclesiásticos, como bien ilustran sus pragmáticas, encaminadas a compaginar el control romariego, mediante la intervención de los Tribunales, Justicias y Alcaldes, ante cualquier contraventor. En esta línea legisla el Rey Felipe II, desde San Lorenzo, el 15 de Junio de 1590, y ordena:
«que qualquier persona, que quisiere ir a alguna romería, vaya en el hábito ordinario que tuviere, y suele y acostumbra llevarse por los que andan de camino; y que no pueda ir á hacer las dichas romerías, sino fuere llevando licencia para ello de la Justicia ordinaria del lugar donde fuere vecino, en la qual la dicha Justicia mande poner, y se ponga el día que pareció ante ella á pedir la dicha licencia, y la edad, y las demas señas que se pudieren buenamente poner… y en las mismas licencias se les aperciba, vayan camino derecho á las dichas romerías para que se les diere licencia… y demas de las dichas licencias, hayan de llevar y lleven dimisorias firmadas y selladas con la firma y sello del Perlado, en cuya diócesi estuviere el lugar de donde fueren vecinos… so pena de ser habidos por vagabundos, y que caigan e incurran en las penas puestas por las leyes y pragmáticas de estos reynos contra los dichos vagabundos…» (Novísima Recopilación. Libro 1. Título XXX. Ley VII).
A pesar de lo riguroso del sistema, siempre hubo y siempre habrá quien pretenda transgedir la normativa vigente, cono lo intentaron, en 1689, Domingo Darriba, vecino de Tabeayo, Domingo Gómez, vecino de Santiago de Castelo, y otros compañeros, al organizar una peregrinación al santuario de nuestra Señora de Guadalupe, con salida prevista para el Domingo 8 de Mayo.
Cumplido el precepto dominical, inician su andadura por el Camino Real que por Mabegondo conduce a Oza de los Ríos, primera jornada que finalizaría con la «romería» de Domingo Darriba, empeñado en ocultar su condición de persona casada ante alguna moza de esta última jurisdicción; una aventura que le pondría entre rejas «por deçir es mozo soltero y que puede servir a Su Magestad», y engaño que por lo visto no podía aclarar, al no disponer de la licencia de romero correspondiente.
Para conseguir la liberación de su marido, Dominga Rodríguez se ve obligada a recabar un certificado del rector de San Martin de Tabeayo, que redactó como sigue:
«Certifico yo el cura y Rector Propio de San Martin de Tabeayo a los señores que la presente bieren, el que Domingo Darriba mi feligres hes marido y conjunta persona de Dominga Rodriguez, y como tal marido y mujer haçen bida maridable, y por quanto dicho Domingo Darriba se partió desta feligresía ayer Domingo ocho del corriente, en conpania de Domingo Gomez vezino de Santiago de Castelo y otros conpaneros, diçiendo passaban a Nuestra Señora da Guadalupe, y aora a mi noticia hes venido que esta prisionero el sobredicho Domingo Darriba en la Jurisdicion de Oza por deçir hes mozo soltero, y que puede servir a Su Magestad, y para que conste la verdad doy la presente de ruego y pedimiento de dicha Dominga Rodriguez su muger a quien la entrego para que con ella pueda pareçer a pedir dicho su marido en qualquiera parte que se allare, y lo firmo en esta dicha mi felegresia oy Lunes 9 de Mayo de 1689. [Firmado]. Andres Lagares de Vamonde. [Rúbrica].» (Archivo del autor).
Desafortunado devaneo que, seguramente, le sería recordado por su mujer al menor intento de organizar una nueva romeria.