Las compañías de milicias de la ciudad de Betanzos se nutrían con pecheros pertenecientes
a todo tipo de profesiones, bajo la dirección de los más significados y con cualidades
para el mando. No puede extrañarnos que a mediados del siglo XVII figurara en la plantilla
de una de ellas el alférez Jerónimo de Valdeolivas, que a la par ejercía de platero y como
arrendatario del estanco del tabaco, en cuyos oficios destacó por su diligencia y
maestría.
Una cruz para Mogor
El 23 de julio de 1642, el también alférez Mateu Sánchez Pardo da Lama, "becino de la
feligresía de San Clodio, Condado de Santa Marta dortigueira", le encarga la
elaboración de una cruz, con la entrega de cuarenta onzas de plata "pessadas por el
marco", al objeto de ser "conpuesta de toda perfeçión".
La obra en cuestión habría de estar finalizada a lo largo del mes de agosto siguiente,
con una penalización por incumplimiento de ocho reales diarios, en razón a los gastos que
comportaría "Benir y bolber desde ella a su Cassa", y "asta tanto que se haga
entrega de la dicha Cruz", por el precio de veinticinco ducados, de los que entrega
seis al instante y el resto al recibirla, cantidad que sería aumentada en diecisiete
reales de vellón por cada onza que excediera del peso concertado.
En la escritura, otorgada en Betanzos, describe la obra a ejecutar en la manera
siguiente:
"que el dicho Jeronimo baldeolibas aya de azer y obrar de todo lo lo nesçessario
una Cruz de plata de pesso de quarenta ducados, con labores conforme a una estanpa y
debujo que ensseno en yerro, agujerada con ocho agujeros en la qual a de aber las figuras
de quatro ebangelistas, con una echura de un Cristo a uno de los lados y al otro una
birgen del rrossario, con su pie y canon de plata, con sus obalos realzados con una media
cana en que se a de soldar dicho pie y en ella a de estar esmaltado las armas de Andrad y
Castro de una parte y de la otra las de la Casa de Lama, que son dos garzas a los lados
y un roble en el medio dellas y cada una de las garzas a de tener una anguila en la boca
y abajo unas ondas de mar... y se declara que la dicha Cruz... hes para la yglessia
parroquial de Santa María de Mogor; donde hes cura el dotor Rodrigo Diaz de Andrade y
Castro, jurisdicción del Señor Obispo de Mondonedo y su obispado y para serbiçio y
ocasiones que se ofreszieren en ella... [Firmado] Jeronino de Baldeolibas, Matheo
Sanchez Pardo de Lama [Rúbricas]. Pasó ante mi. [Firmado] Domingo Diaz
Hermida [Rúbrica]" (Archivo Notarial de La Coruña. Protocolo 291, folio 101).
Un curioso contrato que da a conocer las auténticas armas de la Casa de Lama,
entroncada con la de San Pantaleón das Viñas por el matrimonio que, en segundas nupcias,
realizó este militar con Doña Catalina de Andrade y Castro, como ilustra Martínez
Barbeito en su erudita obra "Torres, Pazos y Linajes de la Provincia de La Coruña".
Estanco de tabaco
En esta época, uno de los medios utilizados por la Corona para incrementar los ingresos
públicos, y con ello paliar el quebranto existente en las arcas reales, fue la creación
de un arbitrio, en principio sobre la exportación de tabaco, que más tarde se extendería
al consumo interno y proceso que desembocaría en la Real Cédula de 28 de diciembre de
1636 que implantaba el estanco de tabaco por arrendamiento en la Corona de León y
Castilla y, por consiguiente, en el Reino de Galicia.
El 22 de enero de 1643, el alférez Jerónimo de Valdeolivas "obligado a dar abasto
en esta ciudad del tabaco que en ella se ubiere de gastar", se concierta con Pedro
García y Pedro Cascudo, también vecinos de Betanzos, para que puedan mantener una
expendeduría a partir del arco del Puente Viejo, extramuros de la ciudad, durante dicho
año, con un máximo de:
"Ciento y cincuenta libras de tabaco, las ciento y quarenta de tabaco común y las
diez de olor; a precio el común de catorce reales cada libra y el de olor a veinte, las
quales desde luego... se obligaron en forma con su persona e bienes muebles e raices...
de dar gastada toda dicha cantidad de tabaco arriba referida en el dicho año y pagar los
tercios del año, que hes de cuatro en cuatro meses, la cantidad y maravedís que montan y
suman por los dichos tercios, pagados al dicho Jeronimo de bal de olibas... y el dicho
Jeronimo de bal de olibas les a de entregar tanbien todo el dicho tabaco por los mismos
tercios al tienpo y cuando se debe de acer para la benta del, y se declara que los dichos
Pedro García y Pedro Cascudo an de tener y les queda por parte fixa de donde se a de
poder bender; por su cuenta y riesgo y cunplir con esta obligación, la calle que ba desde
la puerta principal de la puente viexa para fuera, asta la casa de Cristóbal Pérez y no
más, porque de allí en adelante queda a la elexsión y boluntad del dicho Jeronimo de Bal
de Olivas... y por el dicho tienpo, el dicho Jeronimo de Bal de Olivas, se obligó de no
inpedir la dicha benta en toda la dicha calle como ba declarado..." (Ibidem. Protocolo
292, folio 34, del escribano de Betanzos Domingo Diaz Hermida).
Acabamos de ver como la administración de este monopolio en Betanzos, a poco de haberse
aprobado el estanco de la renta de tabaco por la Real Hacienda, se beneficiaba por medio
de arrendamiento a particulares, en semejanza con el procedimiento seguido para el cobro
de alcabalas, lo que originó una especulación abusiva.

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