|
|
| |
Periódico "Betanzos e a súa comarca". Mayo 2004. Página 31 | |
Según consta en las Actas Capitulares, en la sesión municipal del 14 de abril de 1605, se nombra un nuevo portero por fallecimiento del que lo venía sirviendo en los siguientes términos:
Efectivamente, tenía que prestar juramento de su cargo y también presentar fianzas suficientes para poder ejercerlo. Entre sus funciones estaba obligado a comunicar los autos que le fueran encomendados, convocar a los capitulares para su asistencia a los cabildos, custodiar los enseres del Palacio Consistorial, cuidar de sus llaves para abrirlo y cerrarlo oportunamente, y cumplir los encargos del Corregidor y del Regidor de mes. Una curiosa anécdota concerniente a este oficio, tuvo que ver con cierta negligencia en la utilización de las llaves y el cierre de las puertas del auditorio, situado en la planta baja del antiguo Palacio Consistorial, actitud recriminada con dureza por el Corregidor mediante el siguiente auto:
El auto antecedente levantado contra el portero, para mayor intimidación, le fue notificado y leído por los escribanos Juan Cubeiro y Gregorio de Cernadas el mismo día, quienes hacen constar en su diligencia la respuesta "El cual dixo questava presto de lo cunplir", como no podía ser de otra manera. La que puede calificarse de engorrosa situación, excluida la conversión en lonja de vinos del auditorio municipal, no lo es tanto, si consideramos que hasta bien entrado el siglo XX los lechones y sus progenitores circulaban libremente por la población, por lo que se puede justificar el hecho como una travesura de los lechones o un descuido de la lechona no controlada por el portero. Lo que no podrían imaginarse en aquellos tiempos era que a finales del siglo XIX se habría de crear un servicio de vigilancia de gorrinos, al frente de un guarda conocido como "pastor de los cerdos". Recordamos el paseo de los cerdos por la población en las inmediaciones de las casas de sus propietarios, con o sin vigilancia, y alguna que otra carrera por evasión del animal llegada la hora de ser conducido al cubil, en algunas casas compartido por conejos y otros animales domésticos, transcurrida la mitad del pasado siglo. Un significado reflejo sobre esta realidad aparece registrado en las Actas Capitulares del 25 de abril de 1881, en la que puede leerse:
Dos días después un nutrido grupo de vecinos presenta una instancia en el Ayuntamiento, en la que solicitan que no se lleve a efecto el acuerdo antecedente, de la que se da cuenta en la sesión del 6 de junio del mismo año, en la que no sólo se desestiman sus pretensiones sino que se adopta el acuerdo de retribuir al encargado de este servicio, en razón "de lo venificioso que es para la limpieza y aseo de las calles y paseos de esta ciudad la medida adoptada de que los cerdos sean conducidos y custodiados por un guardia especial... y penetrada a la vez de lo insuficiente de la retribución... a contar desde el día de hoy se satisfagan al citado encargado veinticinco céntimos de peseta diarios... y se entienda sin perjuicio de lo que le paguen los dueños de los mencionados animales por el servicio que les presta", y estipendio que le sería safisfecho con cargo a la partida de "Imprevistos" del presupuesto municipal. En la sesión del 15 de junio de 1881, el tema de los cerdos centra una vez más el debate de la Corporación y se da cuenta de un oficio remitido por el Juez de Primera Instancia, en el que interesa se le comunique la primera fecha en que vuelva a reunirse "para ofrecerle la causa que se instruye en averiguación del autor o autores de la sustracción de la cancilla colocada en el antiguo camino vecinal de las Cascas...". No cabe duda de que el enrejado molestaba más por el olor y gruñidos de los animales que guardaba que por las molestias causadas por la ocupación de vía pública, de ahí que esta fechoría pudiera atribuírsele a cualquiera de los firmantes de la instancia, en represalia por no atenderse su reivindicación. La cancilla vuelve a reponerse y el guarda desea cobrar el emolumento correspondiente, según figura en la sesión municipal del 8 de agosto de 1881, en la que entre otros asuntos se da cuenta de "que el encargado de la conducción y custodia de los cerdos Francisco Bugallo Castro, se halla en descubierto del haber de veinticinco céntimos de peseta diarios que disfruta por dicho servicio...". En aquel entonces ya se apreciaba la decadencia en la administración municipal. Dos años más tarde esta observancia se vino relajando, de manera que la situación mereció espacio en la prensa local de la época. En el semanario "El Censor" aparecido el 1 de diciembre de 1883, se publicaba una carta abierta en la sección de noticias "Regionales y Locales", dirigida a la primera autoridad en los siguientes términos:
Y nos libra V de «quinos» Ya verá si los vecinos Le quieren señor Alcalde". De la misma manera que había sucedido con el Portero del Ayuntamiento, habría de acontecer con el guarda de los cerdos, siendo así que en la sesión municipal del 30 de marzo de 1903 se presentaba la siguiente propuesta:
Este asunto desató una polémica en el seno de la Corporación, hasta el punto de afirmar el Sr. Peña Otero que no era necesaria dicha plaza, y en el calor de la discusión ratificarse en su postura "por cuanto con pastor y sin pastor los cerdos circulaban libremente por las calles" y que debía suprimirse. Lo que no fue óbice para que prosperara y se nombrase a Ramón Ponte Sánchez, vecino de la ciudad, para ocupar la vacante. Con el transcurrir de los años se pondría fin a la prisión de los marranos, más por la sinergia de la modernidad que por la capacidad para custodiarlos. |